Es frecuente en las Actividades comerciales o industriales tener que legalizar o ejecutar una nueva instalación eléctrica. La necesidad de realizar un proyecto viene marcada por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en su Instrucción Tecnica Complementaria 04 (BT-ITC-04). Puede consultar su caso en la siguiente tabla:
Grupo |
Tipo de Instalación |
Límites |
a |
- Las correspondientes a industrias, en general.
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P>20 kW |
b |
- Locales húmedos, polvorientos o con riesgo de corrosión;
- Bombas de extracción o elevación de agua, sean industriales o no.
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P>10 kW |
c |
- Locales mojados;
- generadores y convertidores;
- conductores aislados para caldeo, excluyendo las de viviendas.
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P>10 kW |
d |
- de carácter temporal para alimentación de maquinaria de obras en construcción.
- de carácter temporal en locales o emplazamientos abiertos;
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P>50 kW |
e |
- Las de edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y oficinas, que no tengan la consideración de locales de pública concurrencia, en edificación vertical u horizontal.
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P>100 kW por caja gral. de protección |
f |
- Las correspondientes a viviendas unifamiliares
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P>50 kW |
g |
- Las de garajes que requieren ventilación forzada
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Cualquiera que sea su ocupación |
h |
- Las de garajes que disponen de ventilación natural
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De más de 5 plazas de estacionamiento |
i |
- Las correspondientes a locales de pública concurrencia;
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Sin límite |
j |
- Líneas de baja tensión con apoyos comunes con las de alta tensión;
- Máquinas de elevación y transporte;
- Las que utilicen tensiones especiales;
- Las destinadas a rótulos luminosos salvo que se consideren instalaciones de Baja tensión según lo establecido en la ITC-BT 44;
- Cercas eléctricas;
- Redes aéreas o subterráneas de distribución;
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Sin límite de potencia |
k |
- Instalaciones de alumbrado exterior.
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P > 5 kW |
l |
- Las correspondientes a locales con riesgo de incendio o explosión, excepto garajes
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Sin límite |
m |
- Las de quirófanos y salas de intervención
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Sin límite |
n |
- Las correspondientes a piscinas y fuentes.
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P> 5 kW |
o |
- Todas aquellas que, no estando comprendidas en los grupos anteriores, determine el Ministerio de Ciencia y Tecnología, mediante la oportuna Disposición.
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Según corresponda |
Asimismo, requerirán elaboración de proyecto las ampliaciones y modificaciones de las instalaciones siguientes:
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Las ampliaciones de las instalaciones de los tipos (b,c,g,i,j,l,m) y modificaciones de importancia de las instalaciones señaladas en 3.1;
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Las ampliaciones de las instalaciones que, siendo de los tipos señalados en 3.1. no alcanzasen los límites de potencia prevista establecidos para las mismas, pero que los superan al producirse la ampliación.
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Las ampliaciones de instalaciones que requirieron proyecto originalmente si en una o en varias ampliaciones se supera el 50 % de la potencia prevista en el proyecto anterior.
Nuestra agilidad y competitividad en la realización de este tipo de proyectos es indiscutible, pudiendo por su parte aportar documentación con la que podrá conseguir una mayor reducción de costes.
Una vez realizada la instalación, le entregaremos el Certificado de Final de Obra y la documentación necesaria para legalizar la instalación y pasar las preceptivas revisiones. Todo ello, con el correspondiente Visado por el Colegio de Ingenieros, garantía de ejecución profesional.
Solicite presupuesto por telefono o correo electrónico o plantéenos sus dudas sin ningun tipo de compromiso.
Jose V. Navarro Roman
Ingeniero Industrial
Col. 1.435 COIIAR
jvnavarro@ingenierozaragoza.com
Tlf 629 55 13 27